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AFJP: fallan a favor de los aportes voluntarios de un contribuyente – iProfesional.com

En una sentencia de primera instancia, una jueza ordenó la devolución de los fondos provenientes de aportes excedentes de las obligaciones fijadas por ley

Una sentencia judicial de primera instancia declaró la inconstitucionalidad del artículo de la ley de reforma previsional que dispuso que los aportes voluntarios hechos por quienes estaban afiliados al sistema de capitalización “podrán ser transferidos a la Administración Nacional de la Seguridad Social ANSES” para mejorar la prestación jubilatoria futura del trabajador.

En la causa promovida por Arnaldo Sesarego, la jueza Adriana Lucas ordenó además la devolución de los fondos provenientes de aportes excedentes de las obligaciones fijadas por ley, tal como informa el diario La Nación en su edición de hoy.

No obstante, la magistrada rechazó el pedido de devolución de los aportes obligatorios, por lo que el abogado Federico Bossi, que llevó la causa, explicó que se va a apelar esa parte de la sentencia, añade el matutino. Hasta ahora hay al menos dos juzgados que fallan a favor de quienes reclaman por la totalidad de los ahorros, más allá de si provienen de aportes obligatorios o voluntarios.

Entre sus fundamentos, la jueza considera que la norma “cercena el derecho a disponer libremente de su propiedad a quienes han efectuado aportes mayores a aquellos a los que todos se encuentran obligados”. Pero además, según La Nación, hace referencia a la demora del Poder Ejecutivo en dictar una reglamentación que aclare qué ocurrirá con esos recursos.

El artículo 6 de la ley 26.425 establece que debe dictarse una norma para aclarar cuál será el destino de los fondos originados en aportes voluntarios -realizados por los propios trabajadores- y en aportes convenidos, que son los que surgían de acuerdos entre el empleado y su empresa, por lo general con contribuciones de ambas partes y a manera de un plan para mejorar la jubilación futura.

El escrito de la jueza Lucas -de fines de abril- menciona que, pese al tiempo que lleva vigente la nueva ley, no se reglamentó aún el artículo referido a los aportes voluntarios. En ese sentido, de acuerdo con lo publicado por el matutino, habla de la “incertidumbre” provocada a los aportantes. Aunque, más allá de eso, considera que la ley “no puede condicionar la libre disposición de los fondos por parte del beneficiario”.

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